EL NACIONAL - Lunes 18 de Noviembre de 2013 | Cultura/3 |
Cultura
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NINOSKA RODRÍGUEZ Considera que la Ley Orgánica de Cultura viola la Constitución
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Rodríguez, quien ahora dirige la Escuela de Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello, fue asesora jurídica de la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados hace 20 años, ayudó en la redacción del Proyecto de la Ley del Libro y fue también consultora jurídica del Centro Nacional del Libro. Su amplia experiencia la llevan a mirar con desconfianza el contenido de la ley, por considerarlo un retroceso en materia de administración cultural. En su opinión, es la gestión pública cultural del país la que debe mejorar y no las leyes, pues, como estos documentos jurídicos se sustentan en la libertad de los creadores, mientras menos intervenga el Estado es mejor.
Advierte que en sus disposiciones transitorias la Ley Orgánica de Cultura remite a otras tres leyes que deben ser sancionadas en los próximos meses: la de diversidad cultural, la de patrimonio y la de gestión cultural. "Nada tendríamos que temer si consideraran los principios de la descentralización del fomento de la actividad y de respeto de los derechos que se vinculan con la cultura. Pero, vista la ley que aprobaron en agosto, la de gestión cultural se convertirá en una normativa centralista que reconocerá máximas potestades en el Estado y solo deberes en el ciudadano", señala.
Rodríguez teme que, al revisar las leyes especiales vigentes a la luz de la orgánica, los legisladores pretendan revertirlas, a pesar de que se redactaron en concordancia con los postulados de la Unesco.
-- En un foro acerca de la Ley Orgánica de Cultura celebrado en la UCAB la semana pasada, usted presentó una ponencia y dio la impresión de que no está de acuerdo con un marco legal para regir el sector. --La ley tendría que haber revisado su pertinencia, porque con las leyes especiales que rigen los distintos ámbitos del quehacer cultural entiéndase: industrias culturales, propiedad intelectual, patrimonio y servicios culturales puede ejercerse una gestión positiva que desarrolle lo que está establecido en los artículos 99, 98, 100 y 101 de la Constitución. En este país, y menos en la gestión cultural, el problema no es de leyes sino de voluntad política. No considero necesaria una Ley Orgánica de Cultura, lo importante es fortalecer la legislación especial en la materia y considerar que el presupuesto de cultura es una inversión y no un gasto. Esto es fundamental, porque en la ley la inversión en este sector desaparece, se centraliza en el ministerio y se plantea una ideologización de la cultura.
-- ¿Qué queda pendiente en materia de legislación cultural? --Una ley de seguridad social de los trabajadores culturales y afianzar los principios de descentralización que están estipulados en esta legislación cultural especial.
-- ¿Por qué es necesaria una ley de seguridad social para los trabajadores culturales si existe una Ley Orgánica del Trabajo? --Si bien es cierto que la Ley Orgánica del Trabajo ampara a los trabajadores no dependientes, los del sector cultural necesitan una seguridad social específica y especial porque los riesgos a los que están expuestos no figuran en convenios colectivos. Pero si el Estado decide no redactar una ley sobre este particular, es importante que haga políticas públicas efectivas para protegerlos en su vejez y que tengan jubilación o un seguro médico.
-- ¿Cuáles son los obstáculos a la descentralización que impone la Ley Orgánica de Cultura? --Allí los incentivos fiscales desaparecen, pues se colocan obstáculos jurídicos para el desarrollo de las industrias culturales. Un Estado tiene dos maneras de fomentar actividades: positiva y negativamente. Un Estado que considere la descentralización cultural como un principio y los incentivos fiscales para la cultura como un elemento que coadyuva a esa gestión promueve incentivos fiscales positivos, que son exenciones, exoneraciones, subvenciones y la liberación de impuestos, entre otras iniciativas. Por el contrario, uno que considere que es el único que puede decidir sobre aquello que se crea establece estímulos negativos, es decir, coloca obstáculos jurídicos y fiscales. Esto último es lo que hace la ley.
Esto va en contra de los convenios internacionales firmados por Venezuela en materia cultural desde hace más de una década.
--La Constitución de 1999 recogió lo que estaba estipulado en las leyes especiales que responden a las convenciones de la Unesco y a los marcos legales tipo de las organizaciones culturales internacionales. Estos documentos son importantes porque permiten crear una economía competitiva con industrias culturales de otros países, como por ejemplo Colombia en lo editorial o México en el ámbito de la artesanía. Deberíamos desarrollar, afianzar y fortalecer la legislación especial que descentraliza, como es la tendencia en el mundo. Sin embargo, la Ley Orgánica de Cultura nos lleva a una época legislativa anterior a la Constitución de 1961, porque centraliza la gestión. Hace que las políticas del sector dependan del ministerio y crea los consejos estadales que, en el fondo, serán oficinas del despacho de Cultura en cada estado y dentro de las instituciones públicas culturales.
Así perderemos la descentralización tanto en municipios como en la administración pública. Así, perderán vigencia los institutos autónomos como el del Cine, el del Libro y el de la Biblioteca Nacional.
La descentralización se basa, primero, en la consolidación de un presupuesto propio para ser ejecutado en políticas que puedan coordinarse por el ministerio, pero que no estén jerárquicamente vigiladas desde Miraflores y, segundo, recurso humano para gestionar esa política. Eso no está en la ley venezolana.
Fotografía: Raúl Romero.
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