jueves, 30 de mayo de 2013

IDEAS PARA EL DEBATE

SOL DE MARGARITA, 07 de Agosto de 2011
Procuraduría General de la Cultura
Luis Barragán


La correspondiente comisión de la Asamblea Nacional, adelanta el estudio del heredado Proyecto de Ley Orgánica de Cultura, encontrándose en la etapa de recepción de las observaciones del personal técnico adscrito. Independientemente de las observaciones personales que tenemos sobre el texto, nos permitimos consignar una breve observación y modestamente plantear una propuesta.

Por una parte, fue calificada la ley de orgánica en la primera discusión celebrada en la anterior legislatura de una ya consabida correlación de fuerzas. Sostenemos la inconstitucionalidad de pretender la conservación de tal carácter para la segunda y definitiva discusión, ya que requiere de la mayoría calificada para su sanción, situación que la bancada oficialista – viciándola - irrespetó con motivo de la novísima legislación deportiva.

Por otra, nos preocupa la institucionalidad de la política cultural del Estado, pues, comprobada y agudizada una larga tradición burocrática, inútil devoradora – además – de los recursos fiscales, harto despilfarrados hoy, resulta contraproducente dejar que el gobierno nacional defina al órgano rector, profundizando en la proliferación y desorden de la administración pública central. Sentimos la necesidad de una política pública compartida, solvente y eficaz, afincada en entidades que únicamente la sensatez puede perfeccionar y sustentar.

Pudiendo existir un despacho (vice) ministerial o instituto autónomo de dimensiones modestas, capaz de concebir y ejecutar una política cultural de Estado, confiamos en la posibilidad de una institución diferente a las ya probadas. Digamos, una Procuraduría General de la Cultura que represente a la ciudadanía organizada e interesada en la materia, ante el propio Estado y los factores de poder de hecho y de derecho, coadyuvando en la defensa de sus derechos, con las debidas y específicas garantías procesales, adquiriendo ciertos perfiles de “ombudsman cultural”, aunque superando la mera función supervisora.

Tratamos de la defensa, bienes e, incluso, intereses patrimoniales de los ciudadanos organizados o no, afectados por las decisiones del Estado o de los factores de poder, mediante una directa o indirecta intervención, en resguardo de las culturas tradicionales o emergentes, de las herencias o las nuevas iniciativas amenazadas y hasta de las identidades viejas o recientes que se desean preservadas o evolutivas en el marco de la Constitución de la República. Partiendo de una fundamental noción, la política pública cultural puede concebirse e implementarse por los órganos del poder nacional, regional y municipal, en el estricto ámbito de sus competencias, como la libre iniciativa personal y social dar ocasión a la industrialización cultural del país en el contexto de una sociedad del saber y una economía del conocimiento estratégico, por tal, abierta y competitiva.

Una ley especial u ordinaria, desprendida del carácter orgánico del instrumento que la enuncia, ha de regular la naturaleza, organización y funcionamiento de la Procuraduría que ha de velar por la promoción, defensa y vigilancia de las garantías constitucionales en el orden cultural, desmilitarizando – incluso – una perspectiva de las identidades culturales y su inviolabilidad como esencial derecho humano. Siendo la sociedad plural y compleja que somos, resulta impensable confiscar nuestra rica multiculturalidad de existir una sola versión que la monopolice y la propia multipoliticidad que la garantice, mediante herramientas idóneas y eficaces.

Insistimos que el titular de la Procuraduría General de la Cultura ha de ser nombrado por una mayoría calificada del parlamento que fuerce a un consenso necesario por la gravedad de la materia, según la terna presentada por el jefe de Estado, en tanto tal. La institución será susceptible de un desarrollo que, luego, no puede autorizar a la creación de otro órgano del Poder Público, desdibujando – como ha acaecido – el elenco de equilibrios, pesos, contrapesos y amortiguaciones que, no olvidemos, legitiman y explican la separación.
Véase también: http://www.noticierodigital.com/2011/08/procuraduria-general-de-la-cultura/

No hay comentarios:

Publicar un comentario