De la subrepticia habilitación cultural
Luis Barragán
Histórica, reveladora y lamentable jornada, no pudo tener peor contexto la discusión final del Proyecto de Ley Orgánica de Cultura que la sesión del linchamiento moral de un partido de oposición. Sumada a la plenaria de la consabida y literal golpiza, sintetiza muy bien el sesgo antiparlamentario del oficialismo que, por cierto, deliberadamente limitó el tiempo reglamentario de las intervenciones en cámara para sacrificar la palabra razonada a favor del trámite telegráfico, aún tratándose de la consideración de propuestas legales de sobrada trascendencia como la aludida.
Obviamente, integrante de la Comisión Permanente de Cultura, dejamos constancia de nuestros modestos planteamientos, intentándolos directos y concisos para evitar la diatriba inútil y disparatada frente a la propia y estigmatizadora dirección de debates, concertada con los partidarios del gobierno que tuvieron de nuevo la ventaja de repletar las barras. Entre varios de los asuntos tratados, culminamos negando la disposición transitoria tercera que estableció un plazo de180 días para que el Ejecutivo Nacional reglamentase la Ley Orgánica, denunciándola como una habilitación enmascarada, provocando el inmediato comentario descalificador del diputado que presuntamente arbitraba la sesión de la Asamblea Nacional, pues, sabemos muy bien la facultad que tiene el Ejecutivo Nacional de reglamentar las leyes ordinarias, aunque él ignora olímpicamente el problema que acarrea hacerlo con las que cuentan con un carácter orgánico.
En efecto, escasa suerte ha corrido la materia en la vigente Constitución de la República, pues, con las aparentemente premeditadas omisiones del constituyente que despachó el asunto con desenfadada rapidez, las leyes orgánicas no sólo pueden aprobarse por una mayoría simple, sino también inmediatamente reglamentarse, perdiendo su identidad, naturaleza y alcance. Confusión ésta que subraya la pretensión y vocación de un instrumento orientado a reforzar y garantizar el monopolio cultural del Estado, como el recientemente sancionado, permitiéndole legislar al Ejecutivo a todo trance.
La interpretación exclusivamente gramatical y aislada del numeral 10 del artículo 236 de la Constitución de la República, se ha convertido en una estupenda herramienta del automatismo legislativo, manufacturando interesadamente las normas que las circunstancias imponen a través de la reglamentación de los más variados instrumentos orgánicos. Sin embargo, antecede el artículo el artículo 203 constitucional que, al distinguir entre leyes, precisa que las orgánicas – además – se dictan para “desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes”, por lo que – se infiere - ameritan de leyes especiales u ordinarias, gracias a una interpretación sistémica o contextual de la disposición.
De modo que una Ley Orgánica como la de Cultura, requiere desarrollarse a través de las leyes especiales u ordinarias que, por cierto, a pesar de la inocultable complejidad de la materia, no trató ni sistematizó debidamente precisando la variedad de áreas, ámbitos y facetas que comporta, apenas disimulada con la intención de revisar y adecuar siete leyes de inferior rango. Más allá de la exigencias técnicas y de las vicisitudes administrativas, la vía reglamentaria pretenderá remediar tan conveniente dolencia, pues, el instrumento sancionado es lo suficientemente simplista y simplificador que, a la luz del derecho comparado, su reducido y maniqueo articulado así lo forzará antes que arriesgarse a una futura reforma por el parlamento.
En todo caso, ¿qué objeto tiene distinguir entre leyes orgánicas y leyes especiales u ordinarias, amén de las habilitantes?; ¿entre los diferentes órganos del Poder Público Nacional, generadores de actos de una contrastante eficacia jurídica que los explica?; ¿acaso “el derecho a la vida” del que habla el artículo 43 constitucional ha de puntualizar detalladamente que se trata de la vida humana y no sólo de las personas privadas de libertad, en servicio militar o interdictadas, como sostendría un acérrimo intérprete gramatical, a guisa de ilustración?; ¿la pretensión no es la de convertir al Ejecutivo Nacional en el único legislador, apenas complementado por la Asamblea Nacional?
Por consiguiente, fue legítima y fundada nuestra discrepancia, ya que un instrumento legal tan deficiente abre el camino para que el Ejecutivo Nacional lo perfeccione o diga perfeccionarlo, mediante una delegación o habilitación encubierta. Sucintamente razonada, debido al tiempo disponible, e incomprendida por la propia dirección de debates, nuestra postura, equivalente a una denuncia, apuntó – por una parte - a la voluntad subrepticia del legislador que ratifica una solución que no debe sobrevivir a una futura transición democrática, probablemente tentada en los términos de Hannah Arendt, como anteriormente nos referimos – por otra - a la voluntad manifiesta respecto a la llamada zona de interés cultural, ajena a la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación.
Estudiamos la interposición de sendos recursos por ante el Tribunal Supremo de Justicia, relacionados con la nulidad parcial de la Ley Orgánica de Cultura, en el caso de su fiel promulgación, y la aclaratoria del numeral 10 del artículo 236 constitucional. Y esperamos que, aprendida la lección, en un futuro recuperemos y mejoremos una tradición parlamentaria que ahora padece la crisis de quienes dijeron innovarla, pulverizándola.
http://www.noticierodigital.com/2013/08/de-la-subrepticia-habilitacion-cultural/
De una Ley Orgánica literalmente del PSUV
Luis Barragán
Ha tardado la Asamblea Nacional más de una década para legislar en la materia cultural, sin que fuese importante para las consabidas habilitaciones de Hugo Chávez. Se dirá que no podía hacerlo tratándose de una Ley Orgánica, pero no olvidemos - lo hizo en materia militar y laboral con absoluto desenfado.
En el actual período legislativo, por tercer años consecutivo, el Proyecto de Ley Orgánica de Cultura fue declarado un asunto prioritario para la Comisión Permanente de Cultura y Recreación, aunque la deuda no los acomplejó para celebrar distintos actos demagógicos que condujeron a un constante emplazamiento de la oposición democrática, por ejemplo, finalizando 2012 (http://www.youtube.com/watch?v=XN2cQrhRwz8). En numerosas ocasiones, la oposición llamó la atención de los comisionados, incluyendo un extenso documento de propuestas que no gozaban siquiera de la respuesta de los diputados gubernamentales, quienes confiaban en una súbita habilitación, cuya amenaza obligaba a tales emplazamientos.
Al principiar 2013, vino la orden del otrora ministro Calzadilla. E intensificamos nuestra preocupación y trabajo, participando en un proceso que debía sacudir la consciencia social por la gravedad del instrumento, aunque – luego lo constatamos – la movilización oficialista fue débil, a pesar de contar con superiores recursos respecto a la oposición.
Para el 19 de julio del presente año, culminaron las consultas regionales celebradas objetiva y exclusivamente con los partidarios del gobierno, cumpliendo con nuestro compromiso de asistencia y escucha de los planteamientos en las citas de Porlamar, Mérida y Barinas, sumado el encuentro que propició la Fundación Bigot, y todo a pesar del arbitrario cambio de la sede de Barquisimeto. Se trataba de un borrador de trabajo expuesto al análisis que, naturalmente, al debatirse en el seno de la Comisión, artículo por artículo, requería del concurso y de la buena intención de todos los comisionados.
La mayoría del PSUV decidió agotar la propuesta en un solo día, principiando agosto, aunque su complejidad e implicaciones ameritaban de una agenda definitivamente más amplia de reuniones y consultas, por si fuese poco, especializadas. Sospechamos que el tratamiento no sería estrictamente institucional, meses atrás, desde el mismo momento que derrotaron nuestra idea de oficiar a las instancias administrativas de investigación histórica y legislativa, como a la consultoría jurídica de la Asamblea Nacional, para que ayudasen a los comisionados a perfeccionar la información y afinar los criterios que contribuyesen a un mejor instrumento. Sin embargo, aunque el PSUV era y es mayoría simple en la Comisión, lo cual le garantizaba una superior elaboración de sus propuestas a través de la libre discusión de las ideas, sin que perdiese la votación, se impuso la premura que nos permitimos calificar como un acto de “legislación por desesperación”, sorprendidos por la decisión de llevar a toda costa el proyecto a las sesiones plenarias de la Asamblea Nacional, antes del receso.
Premura que ahora comprendemos, porque aún está en juego el ministerio de la Cultura en los cálculos de un posible cambio de gabinete, pero que sincera radicalmente el peso determinante del PSUV frente a sus aliados, o los que se creen socios con títulos semejantes en el ejercicio del gobierno. Ya no cabe vacilación alguna sobre el principal partido del y en el gobierno, por lo que – simplemente – los demás partidos deben resignadamente acatar sus designios, reducido el llamado Gran Polo Patriótico a una suerte de sociedad en comandita.
Solicitamos, por una parte, un plazo mayor para conocer y discutir una Ley Orgánica requerida de un consenso necesario, básico e indispensable a favor de su propia y futura viabilidad (por ejemplo: Últimas Noticias, Caracas, 27/07/13). Además, supimos que la propuesta no gozaba tampoco del acuerdo de todos los sectores oficialistas, como bien lo ejemplificó Luis Palencia (http://www.aporrea.org/ideologia/a171256.html), aunque no quisimos emplearlo en el debate parlamentario para evitar que se nos acusara de aprovechar las obvias diferencias en el seno de las corrientes gubernamentales, sacrificando la concisión y sobriedad de nuestros planteamiento en la cámara.
Por otra, comprobamos que nuestras declaraciones produjeron esa campanada de reflexión en el oficialismo con independencia de las precisas posturas políticas e ideológicas que nos caracterizan, ya que – en definitiva – el problema estuvo en el procedimiento y no tardará el mismo gobierno en auspiciar una reforma legal, según la costumbre, porque sabe limitada la vía reglamentaria. Finalmente, el inicial planteamiento del Proyecto de Ley Orgánica de Cultura constituyó toda una proeza de la confesión que nos releva de pruebas, porque la diputada ponente agradeció el aporte de las instancias administrativas de la Asamblea Nacional, de los despachos ministeriales y otros órganos de la administración pública, del PSUV y personalidades afines que nos permite concluir que fuera del partido nada y dentro del partido, todo.
http://opinionynoticias.com/opinionpolitica/16344-de-una-ley-organica-literalmente-del-psuv
Fondo cultural: carta astral
Luis Barragán
La novísima Ley Orgánica de Cultura, presta para su promulgación después de la obligada pasantía por el TSJ, contempla un Fondo. La propuesta nunca fue planteada por el PSUV en el seno de la Comisión Permanente de Cultura de la Asamblea Nacional, y mucho menos votada por la oposición, e hizo su sorpresivo debut al iniciarse la segunda discusión del proyecto, sacada de la vieja chistera.
La idea del Fondo propiciaba la confusión, pues, aceptarlo significaba alinearse con las causas populares, mientras que el rechazo nos llevaría al corral de los supremos intereses de Fedecámaras. Confusión de alta rentabilidad política que escondía la triquiñuela de una súbita aparición, e – inevitable – forzaba a una postura inequívoca de rechazo por el grueso de la bancada democrática de la oposición que, como integrante de la aludida Comisión, nos responsabilizó de la vocería.
Por lo demás, piando tarde, el gremio empresarial apenas había consignado su inconformidad horas antes de la siguiente sesión de la plenaria que lo consideró, agotado evidentemente el lapso para la consignación de propuestas que interpela la desatención prestada por la entidad a un proyecto de tanta gravedad. Y, aunque genere asombro, un debate de tan escaso tiempo para los oradores, condujo a una apretada síntesis de nuestros alegatos para rechazar la pretensión gubernamental.
Al igual que la aplicación de toda la Ley Orgánica de Cultura no deparará otras sorpresas, excepto las que incremente una abusiva reglamentación, consagrando la política cultural del Estado en más de una década, el Fondo tiene un destino horoscopalmente certero. Pueden hacerse ilusiones los más ingenuos, quienes dicen adivinarlo como remedio para las vicisitudes y urgencias sociales de los trabajadores culturales, por ejemplo, pero lo cierto es que constituirá un desaguadero de recursos de acuerdo a los caprichos gubernamentales, amén de convertirse en un arma de persecución para las entidades e iniciativas diferentes al Estado.
Para nadie es un secreto que, por muy alto que la cesta petrolera se cotice en los mercados internacionales, más elevada aún es la voracidad fiscal del gobierno. Bastará con cruzar una data dispuesta en las propias redes para comprobar el despilfarro sistemático de un régimen que, por cierto, curiosamente, reinventando la propia noción del delito, descubre la corrupción fuera del gobierno y entre quienes no manejan recursos públicos, negado a explicar el descenso de las propias reservas internacionales.
El presupuesto público nacional está fundado principalmente en las contribuciones que realiza la ciudadanía, sin excepción alguna, pues es el pueblo el que resignadamente cumple con el IVA, sin contraprestación alguna, en el menor de los casos. Los ingresos petroleros están destinados esencial y directamente a sendos fondos de los que muy pocos o nadie sabe en cuanto a inversiones y cumplimientos de metas, y que ni la misma Asamblea Nacional logra controlar, al margen del presupuesto y la deliberación parlamentaria.
Nada autoriza a una distinción entre el Fondo de Cultura y los otros Fondos creados por varias leyes orgánicas. Benjamín Scharifker, por ejemplo, ha demostrado que el correspondiente a Ciencia, Tecnología e Innovación, desestimulada la inversión privada y golpeadas las universidades autónomas, se ha traducido en un descenso de los artículos de producción científica y tecnológica, indicador confiable de las actividades del sector, por lo que hasta ahora se sabe.
El sólo hecho de un financiamiento a través de recursos extraordinarios, sumando diferentes cargas contributivas para la empresa privada, administrado por entidades de las que poco o nada se sabe, acumulada la nefasta experiencia de numerosos fondos discrecionales, alienta la sospecha. Diferente es prever los recursos ordinarios disponibles o los que extraordinariamente puedan despuntar, y presupuestar en el marco de una definida política pública cultural, proyectarlos y someterlos al debate parlamentario, hacer el seguimiento y control, fijar responsabilidades: nunca olvidamos a Jorge Castañeda en “La utopía desarmada”, por aquello del saneamiento de las finanzas públicas como un estupendo aporte a la justicia social.
Por añadidura, evadiendo su responsabilidad punitiva, claramente definida, frente a las incursiones delictivas que tentaran al sector social o mercantil en la materia, como el fraude tributario, el Estado preventivamente apostaría por y perpetraría su liquidación. Vale decir, garantizando el monopolio cultural del Estado que, en propiedad, transversaliza el reciente instrumento legal, supeditaría, absorbería y pulverizaría toda manifestación distinta al poder establecido.
Preferimos optar por la eliminación de la norma que establece el Fondo de Cultura, antes que pretender aliviarla, porque es otro el contexto de las finanzas públicas el que merece. Zodiacalmente, el Fondo está destinado a convertirse en un inútil artefacto, salvo para quienes lo administren, agregando a los potenciales beneficiarios que requieran organizarse y reacomodarse como una clientela específica en el concierto del socialismo rentístico que nos agobia.
http://www.analitica.com/colaboradores/pprof.asp?columnista=Luis%20Barrag%E1n
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